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La instalación de dispositivos de videovigilancia en los taxis requiere que la cámara
la instale una empresa de seguridad privada, que deberá de obtener la autorización
del Ministerio del Interior y si la cámara graba deberá de notificarlo previamente a
la Agencia Española de Protección de Datos, para su inscripción en el Registro
General de la misma, cumpliéndose los demás extremos previstos por la Instrucción
1/2006.
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