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    Deber de Informar

La información en la recogida de los datos es un elemento esencial del derecho a la protección de datos y por tanto su cumplimiento resulta ineludible. Sin embargo las especiales características que se dan en la videovigilancia comportan el diseño de procedimientos específicos para informar a las personas cuyas imágenes se capten. La Instrucción 1/2006 incorpora un distintivo informativo cuyo uso y exhibición es obligatoria. El distintivo se ubicará como mínimo en los accesos a las zonas vigiladas, sean estos exteriores o interiores. Debe tenerse en cuenta que si el lugar vigilado dispone de varios accesos se debe colocar en todos ellos al objeto de que la información sea visible con independencia de por donde se acceda.

Puede obtenerse un modelo en:

https://www.agpd.es/portalweb/canaldocumentacion/legislacion/normativa_estatal/ index-ides-idphp.php#video

Además el responsable del fichero dispondrá de un impreso con toda la información a la que se refiere el artículo 5 LOPD. Por tanto el impreso deberá informar al menos sobre:

    • La existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

    • La posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

    • La identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.

El impreso deberá estar disponible existiendo cuando menos la posibilidad de imprimirlo a petición del afectado. La información del impreso podrá incorporarse al cartel anunciador y sustituirlo únicamente en aquellos casos en los que por su contenido y por la ubicación del mismo la información resulte legible e inteligible.

     Ej. Si el cartel se encuentra situado en puertas o lugares de acceso y ubicado dentro del campo de visión natural del afectado, esto es a la altura de sus ojos.

El uso de la señal y el impreso, no excluye la existencia de métodos adicionales de información que se añadan a los dos anteriores como publicación en web de políticas de privacidad, información a la representación sindical, notificaciones a los vecinos etc.

 

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