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    Vigilantes de Seguridad - Preguntas Frecuentes

 

 

 

 

Servicios de Vigilantes de Seguridad

Preguntas frecuentes que las empresas realizan al contratar Vigilantes de Seguridad

Necesito un Servicio de Vigilancia. ¿Contrato un Vigilante de Seguridad o un Auxiliar de Servicios?

El servicio de vigilancia únicamente tiene potestad para realizarlo el Vigilante de Seguridad. Cualquier otra categoría como Auxiliar de Servicios, Conserje, Agente de Control, etc, etc., no es personal competente para desempeñar estos servicios.

Los servicios auxiliares son servicios destinados a realizar funciones como conserjería, recepcionista, control, mantenimiento, etc.

Así pues, si el empleado tiene que realizar alguna de las funciones contempladas en el Artículo 1 del Reglamento de Seguridad Privada se entenderá que realiza un servicio de vigilancia, por lo que usted deberá contratar un vigilante de seguridad.

Si de lo contrario, las funciones que debe de desempeñar el empleado no son funciones de vigilancia, sino tareas exclusivamente de control, conserjería, recepción o similares, en ese caso usted debe contratar un Auxiliar de Servicios.

   

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