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Servicio de Vigilancia "Anti-Okupas"

Servicio de Vigilancia "Anti-Okupas"

Si usted trabaja para un banco, entidad financiera, administración de fincas o en algún negocio que disponga de varios inmuebles y le preocupe la "OKUPACIÓN" de sus propiedades, seguramente le interesa este servicio de vigilancia que le ofrecemos:


Protocolo de Actuación: Desalojo de "okupas" inmediato

Nuestra empresa cuenta con un grupo de profesionales de amplia experiencia en cuanto a los procedimientos y medios de tutela para defender su propiedad y sus derechos. Nuestros conocimientos en materia de seguridad, nos permiten proponerle la solución más rápida y eficaz para evitar que algún grupo Okupa se instale en su inmueble.


PROTOCOLO DE CONTROL DE OKUPAS:

Nosotros nos ocupamos de proteger su propiedad y de gestionar el desalojo de "okupas" por parte de la policía, dentro de las primeras 24 horas desde la intrusión, sin necesitar ninguna orden judicial.

Nuestros vigilantes se ocuparán de la resolución de la incidencia en su inmueble y de garantizar sus derechos de propiedad, sin tener que esperar largo tiempo para obtener una orden judicial de desalojo de "okupas".

Y todo esto por un precio muy asequible, puesto que no se requiere un servicio permanente de un Vigilante, sino que es suficiente proteger el inmueble a tiempo parcial o bajo una supervisión realizando una ronda con el coche "patrulla" cada 18 o 24 horas.


El protocolo de actuación de las Fuerzas de Orden Público es claro y se atiene a la legalidad vigente: los agentes sólo pueden desalojar a los "okupas" sin necesitar una orden judicial, cuando se puede demostrar de forma fehaciente que las personas que han accedido ilegalmente no llevan 24 horas o más en el interior del inmueble y por lo tanto no han realizado "vida" en el mismo (entendiéndose por vida el limpiar, pernoctar, comer y/o realizar algún acondicionamiento en el habitáculo).

1. Detección de una intrusión de "okupas" durante nuestro servicio diario
Tan pronto como uno de nuestros vigilantes detecta que desde el servicio anterior se ha producido una intrusión, comienza nuestro protocolo de actuación: ante todo hay que avisar de inmediato a las Fuerzas de Seguridad (Policía, Mossos d'Esquadra, etc.) para informar del delito y demostrar cuándo se produjo la intrusión o su duración.
La presencia de nuestros vigilantes le permite en primer lugar, demostrar QUE SU PROPIEDAD NO SE ENCUENTRA ABANDONADA y en segundo lugar DAR FE DE QUE LA PRESENCIA DE LOS OKUPAS EN SU INMUEBLE ES INFERIOR A LAS 24 HORAS.

2. ¿Cómo actúan los Mossos d'Esquadra/Policía?
Cuando se puede demostrar que la usurpación es inferior a las 24 horas, en este caso por la declaración del vigilante de servicio, la policía pedirá refuerzos si fueran necesarios, para proceder al desalojo sin necesidad de tener una orden judicial. Es muy importante que las acciones que dependen de la propiedad y de la empresa de seguridad se lleven a cabo con la mayor rapidez (por ejemplo disponer de un cerrajero que facilite el acceso al inmueble), porque en caso contrario la policía podría marcharse sin desalojar a los "okupas".

3. Actuación posterior a una intrusión
Una vez que se ha detenido a las personas que han realizado la intrusión, la Policía suele exigir la presencia de un vigilante de seguridad para que custodie el edificio en las horas posteriores y garantizar que éste no vuelva a ser "okupado" de forma inmediata. Posteriormente un representante de la propiedad tiene que personarse para poner la denuncia y el Vigilante de Seguridad y/o el responsable de la empresa de seguridad han de ratificar las diligencias firmadas.

Deje en manos de profesionales la seguridad de sus propiedades.

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